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Temas para el Debate 129-130 Temas para el Debate

¿Una confederación tributaria?

por Francisco Miguel Fernández Marugán
Temas para el Debate nº 129-130, agosto-septiembre 2005

Número de páginas: 3
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Pues bien, en este asunto de la administración tributaria, pueden llevarse a cabo planteamientos paradójicos y contradictorios cuya superación pase por una solución en la que tenga que ser la repudiada hacienda central la que se vea obligada a introducir alguna norma razonable con la que se facilite la realización del necesario intercambio de datos económicos y financieros entre las diferentes haciendas territoriales.
>strong>El reparto de la recaudación tributaria
Las relaciones fiscales constituyen uno de los exponentes del conjunto de factores que integran las instituciones políticas de cualquier Estado. Por eso, le he dedicado atención a esas atribuciones que siguiendo el esquema propuesto por el Tripartito podrían llegar a tener las instituciones de aquella Comunidad. En él hay dos a las que se les dibuja una particularidad competencial.
De un lado, la Generalidad a la que se le hace titular de los derechos y obligaciones que originan todos los tributos que se exaccionan en Cataluña. De otro, la Agencia Tributaria de Cataluña a la que se le encarga que aplique esos impuestos. Pues bien, si se desea que esta Agencia dependiente de la Generalidad posea la capacidad de gestionar, en el sentido más amplio posible todos los tributos, se puede ocasionar un hecho del que se debiera ser consciente dado que puede afectar al equilibrio actualmente existente.
Digo esto porque el doble pivote con el estamos jugando, la titularidad de la hacienda autonómica sobre los impuestos y su recaudación por parte de una Agencia propia del Gobierno de esa Comunidad, puede abrir un proceso del tipo que paso a referir.
¿Qué cantidad de los ingresos tributarios permanecerán en poder de la Comunidad Autónoma y cual es la que se transferirá al Gobierno Central? Sin necesidad de apoyarme en los comentarios de los profesores Berché y Tremosa respondo a la pregunta anterior diciendo que la cantidad percibida por el Gobierno Central será menor a la que obtenía antes de que se produjese la mutación institucional que estoy comentando.
Por lo tanto, desplazar a la hacienda central de una parte del territorio español, por mucho que se quiera disimular; situar la relación entre ella y una Comunidad (en este caso Cataluña) en un tablero de negociación, destinado a discutir el reparto de la recaudación de los impuestos que ha de percibir cada cual; hacerlo en un contexto de desigualdad evidente entre el poder que se quiere que detente la Comunidad y el que se le posibilita a la Administración Central del Estado, es cualquier cosa menos un hecho neutral. Tampoco es un asunto de índole financiera. Es algo bien distinto tras el que existe un claro modelo político.
Por eso, quienes propugnan este planteamiento, caminan hacia una forma de organización política caracterizado porque es el Gobierno regional el que dispone de los atributos (el establecimiento y la aplicación de los tributos) mientras que el Gobierno del Estado aparece en una posición subordinada, puesto que tan solo, se financia a través de los recursos que obtenga de las aportaciones que le llegan desde la Comunidad Autónoma (en este caso de Cataluña).
Por lo tanto, contemplando los elementos desplegados y analizando las consecuencias que puede ocasionar la pérdida de autonomía del Gobierno Central, se ve inmediatamente la singularidad de la propuesta del Tripartito. Empleo este término -singularidad- porque en la gran mayoría de las naciones donde existe una arquitectura política similar a la española, el Gobierno y el Parlamento de la Nación tienen la capacidad y los medios para definir políticas de desarrollo y de distribución que se aplican en todo el territorio nacional.
En nuestro caso, así ha venido ocurriendo, aunque si esta propuesta fuera aprobada, se produciría un giro en la relación que está establecida. Se ocasionaría una merma en las posibilidades de los poderes centrales que como es sabido definen unas políticas que se financian con unos impuestos, exigidos al conjunto de ciudadanos. Pues bien, en el caso de que se aceptara esta propuesta al trasladarse, esas potestades tributarias desde las Cortes Generales al Parlamento de Cataluña se verán fragilizadas una parte de esas políticas.
>strong>La solidaridad limitada
Hasta ahora he tratado ver los elementos más destacados de la propuesta haciéndolo encajar secuencialmente: los tributos se establecen y regulan, más tarde se recaudan, después bilateralmente se negocia en pie de igualdad su reparto y por último un porcentaje de los mismos se transfiere al Gobierno Central.
Ahora bien, los elementos expresivos del modelo que se articula no solo afecta al poder tributario, a la organización tributaria y al señalamiento de una regla que fija el reparto de la recaudación. Existe otro elemento que exterioriza otra capacidad política adicional, que se atribuye a esa Comunidad: cuando es su Estatuto el que determina la solidaridad que está dispuesta a tener con las restantes Comunidades Autónomas.
Reflexionemos sobre esta cuestión. Una acusación se formula de manera muy persistente al modelo de financiación que ha venido aplicándose tras los sucesivos arreglos producidos en el sistema LOFCA: su marcado carácter redistribuidor. De tal manera que para la casi totalidad de la iconografía nacionalista nos hemos hecho demasiado iguales. Las Comunidades Autónomas menos desarrolladas han tenido una evolución extraordinariamente positiva y la solidaridad ha funcionado. Todo un éxito.
En el número 127 de Temas di a conocer las ideas que Carod-Rovira, Maragall y Más expusieron sobre esta cuestión. Ahora, hemos podido saber cuales son los puntos de vista del ex-Presidente Pujol quien ha defendido un planteamiento conservador, con el que a la vez se alejaba del soberamismo sostenido por el Tripartito (ABC del 6 de junio de 2005) "por definición, la solidaridad no debe ser ilimitada en el tiempo... que hay que modificar los criterios que a efectos de la política de solidaridad se utilizaron hace 25 años". Por último recordó que "Cataluña ha jugado un papel de primer orden en la mejora de la financiación autonómica en general".
La tarea de construir una sociedad solidaria es vista de manera diferente por profesionales del derecho y de la economía en Cataluña. "Algunos han pretendido fijar topes máximos a la solidaridad con el resto de los españoles. Un error político y una idea que no comparten la mayoría de catalanes (Antón Costas. El País 4 de mayo de 2005). Hacer coincidir tan polémica cuestión con la publicación de la propuesta de financiación no parece que haya sido obra de buenos expertos en marketing.
Hasta en este sentido la presentación de la propuesta ha sido desafortunada ya que lo que daba a entender era lo siguiente "necesitamos más dinero y exigimos un trato especial... Ese trato especial ya lo tiene el País Vasco y Navarra, lo cual es una injusticia... Sin embargo nosotros queremos el mismo trato especial: ingresar más porque somos más ricos". (Francesc de Carreras La Vanguardia 12 de mayo de 2005). Culminaba su argumentación diciendo "lo que no puede pretender el Gobierno de la Generalitat es tener un sistema de financiación especial, al margen del sistema general. No hay motivos razonables para ello"
¿Cómo ven desde otras partes de España, el propósito de las instituciones de Cataluña de que una parte de España defina unilateralmente el todo, la solidaridad que deben tener con las otras Comunidades? Del siguiente modo:
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