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ADE-Teatro 113 ADE-Teatro

Justificación y necesidad de unas Bases para un Proyecto de Ley del Teatro

por Juan Antonio Hormigón y Manuel F. Vieites
ADE-Teatro nº 113, Noviembre / Diciembre 2006

Número de páginas: 5
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2. La visión sistémica del campo teatral y la defensa de un nuevo paradigma de política cultural y teatral, centrado en las características y necesidades del sistema.
3. La defensa de la diversidad del sistema como un factor fundamental de su riqueza y su dinamismo.
4. La defensa de una organización reticular del sistema con criterios de no centralización.
5. La defensa de una gestión de los servicios públicos desde lo público, pues la excelencia y la calidad en la gestión de lo público no es un patrimonio privado.
Hasta aquí hemos expuesto algunos de los motivos que justifican el que en este año de 2006, la Asociación de Directores de Escena de España haya dado el paso de elaborar estas bases para la redacción de un anteproyecto de una Ley del Teatro. Fiel al compromiso adquirido en su día y con la humildad necesaria, la ADE hace su propuesta y una vez publicada la traslada a la sociedad civil, a los poderes públicos y a los grupos políticos para su consideración y, si ha lugar, para su debate, que intentaremos suscitar no tanto para que se considere nuestra propuesta sino para que genere el intercambio de ideas en torno a la necesidad de una normativa general, una normativa marco que permita que todas las administraciones públicas se puedan sumar a ese Pacto por el teatro y la Cultura y desarrollen sus propias normativas e iniciativas. Por eso nuestro proyecto, como nuestra propia Asociación, es inclusivo, abierto y plural.
Sabemos que se trata de un documento que plantea algunas cuestiones de fondo que pueden tener implicaciones conflictivas por cuanto afectan a otras normativas y leyes, sean las derivadas de la Ley de Propiedad Intelectual y los derechos no reconocidos del director de escena como autor, sean las que atañen al ordenamiento educativo español en las enseñanzas superiores no universitarias, que exigen una reconsideración del desempeño que debiera cumplir la educación teatral y las medidas necesarias para su normativización y normalización. Por eso insistimos en el hecho de que esta propuesta ahora formulada aspira a provocar, en primer lugar, un debate riguroso en torno al lugar y sentido que el teatro, entendido como sistema y en todos sus procesos, ha de cumplir en una sociedad en continua transformación. En la exposición de motivos se presentan algunas cuestiones que pueden resultar particularmente conflictivas y que, en su resolución, implican la búsqueda de consensos y nuevos desarrollos normativos.
Así, en relación con las enseñanzas teatrales, entendemos que se trata de un ámbito que no ha sido convenientemente desarrollado en la reciente Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, por lo que debemos llamar la atención de los legisladores, de los responsables ministeriales y de las autoridades autonómicas competentes, en torno a una serie de carencias y deficiencias fácilmente subsanables pero que exigen una acción conjunta, previamente consensuada, en todo el territorio del Estado. Dicha acción tendría como finalidad el desarrollo de programas de implantación progresiva de la Expresión Dramática en la Educación Infantil y Primaria, así como de la Expresión Teatral en la Educación Secundaria y el Bachillerato.
La Ley Orgánica de Educación también establece que los centros superiores de enseñanzas artísticas, en tanto se encuentran incluidos en el espacio europeo de educación superior, habrán de ser objeto de una regulación específica por parte de las Comunidades Autónomas, si bien existen en su propia normativa disposiciones que impiden que esos centros puedan adquirir su condición de superiores y desarrollar plenamente sus competencias en los ámbitos de la docencia, de la investigación y de la creación. El pleno desarrollo de esas competencias implicaría una modificación sustantiva de la citada Ley Orgánica de Educación, para ubicar dichas enseñanzas en un nuevo marco superior, en consonancia con las directrices emanadas de Bolonia y del marco europeo de educación superior.
Con independencia de las competencias de las Comunidades Autónomas, y con la finalidad de garantizar la plena autonomía académica y organizativa de los centros superiores de enseñanzas artísticas, el Estado, en el ejercicio de sus competencias, debería promulgar una Ley Orgánica de las Enseñanzas Artísticas Superiores que, en línea con lo establecido en la Ley Orgánica de Universidades, determinase con claridad la existencia de dos sistemas de educación superior en España, con igualdad de derechos, competencias y responsabilidades. Igualmente la Ley Orgánica de las Enseñanzas Artísticas Superiores debiera establecer las medidas necesarias para que los centros superiores de enseñanzas artísticas, pudiesen ser competentes y autónomos en la organización de los estudios de doctorado en las áreas de conocimiento que son propias a los estudios de grado que imparten. La promulgación de una Ley Orgánica de Enseñanzas Artísticas Superiores supondría la derogación de toda la normativa que desde la Ley Orgánica de Educación regula diferentes aspectos de las mismas. Supondría un importante paso en su regularización.
Este proyecto ha vivido varias fases en su elaboración. En un primer momento, quienes suscriben elaboraron un borrador que se sometió a una lectura analítica por parte de una Comisión de Trabajo integrada, junto a ellos, por Eduardo Alonso Rodríguez [ 4 ] , Alberto Fernández Torres [ 5 ] y Carlos Rodríguez Alonso [ 6 ] . Las sesiones de trabajo se desarrollaron en el Castillo de la Mota y Madrid. El documento resultante fue entregado a los servicios jurídicos de AISGE para su consideración y estudio. A partir de ese momento trabajamos conjuntamente. Tras diversos encuentros para analizar y comentar las diferentes redacciones que se sucedieron, la Comisión de Trabajo asesorada por AISGE concluyó un documento definitivo que fue presentado a la Junta Directiva de la ADE el día 9 de septiembre, con motivo de la celebración de su reunión ordinaria trimestral. Tras la descripción y análisis del mismo, se decidió su traslado a la opinión pública a través de estas páginas que ahora presentamos y de otros medios complementarios. [ 7 ]
Desde la perspectiva de la Asociación de Directores de Escena de España, hay que decir que en todo este proceso las aportaciones de AISGE han sido enormemente valiosas y realmente trascendentales, sobre todo en la idea de transmitir a la opinión pública, a los agentes propios del sistema teatral y a las formaciones políticas un documento elaborado según los parámetros propios de una Ley Marco.
Número de páginas: 5
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NOTAS
  • [ 4 ]

    Eduardo Alonso Rodríguez es director de escena, director de la compañía Teatro do Noroeste (Galicia) y vocal de la Junta Directiva de la ADE.

  • [ 5 ]

    Alberto Fernández Torres ejerce como economista en su actividad privada. Es investigador y crítico teatral y miembro del Consejo de Redacción de la Revista ADE-Teatro .

  • [ 6 ]

    Carlos Rodríguez Alonso es director de escena y vocal de la Junta Directiva de la ADE, así como Coordinador de la Asociación en el ámbito de gestión.

  • [ 7 ]

    La Revista ADE-Teatro publica en este mismo número 113 una primera entrega de las ponencias presentadas en el XIII Congreso de la Asociación. En ella figuran varios trabajos que analizan con mayor profundidad diferentes aspectos relativos a la necesidad, fundamentos, contenidos y desarrollos posibles de una Ley del Teatro.


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