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Revista Cidob d'Afers Internacionals 85-86 Revista Cidob d'Afers Internacionals

Los múltiples debates? (y realidades) de la democracia en América Latina

por Salvador Martí i Puig
Revista Cidob d'Afers Internacionals nº 85-86, Mayo 2009

Número de páginas: 8
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Al poco tiempo de la instauración de las nuevas democracias, muchos analistas hicieron hincapié en las notables diferencias que existían en cuanto al respeto de los derechos humanos y sociales a lo largo del territorio de cada uno de los países. Por ello fue fácil deducir que la implantación del Estado de derecho no se hacía de forma homogénea en toda la geografía del interior de los países y, a raíz de ello, que el concepto de ciudadanía tenía un significado diferente de un sitio a otro. El acceso a la justicia, las oportunidades educativas o sanitarias, e incluso el ejercicio de derechos como el de expresión o de habeas corpus se materializaban de forma diferente en el mismo país en función del lugar donde se vivía y del estrato social al que se pertenecía. Por ello, algunos analistas elaboraron la hipótesis de que en América Latina existen "zonas marrones" (O'Donnell 2007) donde la presencia del Estado es débil y donde no es posible reclamar a las autoridades competentes para que se hagan efectivos los derechos nominales y, aún menos, reclamarles que garanticen la libertad o la justicia.
A raíz de ello, a lo largo de los años noventa se teorizó sobre Estado de derecho en América Latina, a la par que se llevó a cabo un notable número de reformas en el poder judicial y en la administración de justicia, a sabiendas de que la democracia sólo puede tener un contenido normativo si protege a todos los ciudadanos por igual -y sobre todo a aquellos que pertenecen a los sectores de la sociedad tradicionalmente excluidos. Este debate supuso también un alejamiento de las definiciones más minimalistas de la democracia con las que se operó en el análisis de los procesos de transición. El descubrimiento del Estado de derecho conllevó también el de la "ciudadanía" como eje moral de la democracia, focalizando la experiencia política y vital de los ciudadanos comunes -y no de las élites. A partir de esta perspectiva, el análisis del sistema de justicia se centró en dos aspectos principales. En primer lugar, el de hacer valer los derechos que constituyen la ciudadanía y, en segundo lugar, el de actuar como mecanismo de control de legalidad con la pretensión de acotar los actos del poder político a la misma constitucionalidad (Domingo, 2007). En este segundo aspecto, se hizo hincapié en el arreglo normativo e institucional a partir del cual se logra someter al poder político a mecanismos de control para que actúe según la legalidad y el espíritu de la Constitución. En función de ello, apareció el filón de la literatura que teoriza sobre la rendición de cuentas -o "accountability horizontal"- entendida como la institucionalización legal de la desconfianza política frente al tipo de democracias presentes en la región -calificadas también como "democracias delegativas"- en las que "la persona que gana la elección presidencial parece estar autorizada a gobernar como crea conveniente (...) cuya naturaleza es ajena a la tradición liberal y representativa" (O'Donnell, 2001).
En cuanto al primero de los aspectos -el de hacer valer los derechos que constituyen la ciudadanía- se puso en la agenda de investigación la necesaria relación que existe entre el Estado y la sociedad en la tarea de dar contenido a los derechos de las personas en una perspectiva que se vincula con la temática del "desarrollo humano", en la que se parte de que es necesario dar unas condiciones mínimas de bienestar social y económico para que pueda llevarse a cabo un proceso de ciudadanización efectivo (Domingo, 2007). En este debate se expone que el concepto de ciudadanía va más allá del contenido político y civil que le confiere la tradición liberal, y se inserta en el ámbito de los derechos sociales, económicos y culturales. En esta línea, O'Donnell (2007: 155) defiende la necesidad de repensar la relación existente entre democracia y la capacidad de hacer efectivos los derechos, ya que "si la privación de las capacidades acarreada por la extrema pobreza tiene como resultado que las personas sufran severas limitaciones para ejercer su agencia en varias esferas de su vida, entonces parece equivocado, tanto moral como empíricamente, afirmar que la democracia no tiene nada que ver con impedimentos socialmente determinados". Por ello, el mismo autor expone la necesidad de subsanar las enormes brechas, tanto a lo largo del territorio como entre sectores sociales, en la efectividad de la legalidad estatal. Falencias, éstas, que van desde la permanencia de leyes discriminatorias (sexistas, racistas o clasistas), al problema de la aplicación discrecional o particular de la ley (que permite la evasión de los poderosos a la legalidad), pasando por la capacidad que a veces tienen los privilegiados de distorsionar la lógica de "un proceso justo". Ha sido en este contexto de cambio normativo que se han llevado a cabo durante la última década múltiples reformas judiciales destinadas a mejorar el acceso a la justicia que tienen los sectores marginados [ 11 ]  y a acotar la impunidad que mantienen diversos sectores. En este sentido, tal como expone Domingo (2007): "frecuentemente la justicia formal ha reproducido muchas de las desigualdades, prejuicios sociales y actitudes racistas en su seno. Y muchos de estos problemas han sido (y son) los típicos obstáculos del acceso a la justicia en cualquier democracia y que se agudizan en sociedades con altos niveles de desigualdad socioeconómica, étnica y cultural como son las latinoamericanas".
Precisamente este tema, el de la impunidad, es central si se tiene en cuenta cómo se han comportado muchos estados de la región durante las últimas décadas. En México, por ejemplo, han destacado los episodios de la militarización de Chiapas durante la segunda parte de la década de los noventa, la represión ejercida en Oaxaca durante el año 2006 y los casos de feminicidio acontecidos en los enclaves de maquila instalados en las ciudades fronterizas con Estados Unidos. Pero se podría hacer una larga exposición de casos si se entrara en detalle en cada uno de los países. En esta lógica quizás cabe destacar -como novedad en los regímenes democráticos- la creciente demanda de medidas de carácter represor frente a la delincuencia común -como las de mano dura, super mano dura, mano firme en El Salvador- que puede conllevar un proceso de regresión de los derechos más elementales de ciudadanía y que, en el caso de extenderse, podría dar luz a una nueva y tenebrosa caracterización de populismos: el populismo punitivo.
La búsqueda de "indicadores" de la "calidad" de las democracias
Número de páginas: 8
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NOTAS
  • [ 11 ]

    En América Latina las estructuras judiciales no han sido precisamente accesibles. Su acceso se ha visto limitado por varios factores, tanto de concienciación como estructurales. Entre los primeros está la poca interiorización personal sobre qué derechos pueden ser reclamados, y de cómo hacerlo ante el sistema de justicia. Y respecto a los estructurales, están los costos económicos, el formalismo excesivo de la cultura y los procedimientos jurídicos, así como la distancia física y geográfica real de los juzgados, sobre todo con respecto a las poblaciones rurales. Las barreras culturales y lingüísticas en contextos multiculturales y pluriétnicos han hecho también que los miembros de comunidades indígenas hayan tendido a evitar tener contacto con la justicia formal. Para un desarrollo extenso de este tema, véase Domingo, 2007.


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